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¿Cómo emprender de forma legal?

Hoy día todos los nicaragüenses tenemos algún familiar o amigo que por diversas razones ha tenido que emprender. Nos emociona ver que le va bien, que ha iniciado un proyecto en medio de la adversidad y queremos entonces arriesgarnos con la seguridad que a nosotros también nos irá bien. Entonces nos rondan los pensamientos sobre los pros y los contras; o bien en la urgencia, nos vemos obligados a emprender ya, porque el que era plan B se ha convertido en plan A.

De hecho en nuestro país, como en muchos otros, existen infinidad de pequeños negocios —vestuario, calzado, carteras, jardinería, gastronomía, heladerías, del rubro de belleza, entre muchos otros— que han iniciado a raíz del sueño de un emprendedor, y cuyo mercadeo y publicidad actualmente se realiza principalmente en redes sociales y ferias.

En realidad desde siempre han existido los emprendedores, aquellos que cuando nadie ha creído en ellos, han establecido una meta y una ruta para llegar a su objetivo, aquellos que han conocido el éxito después de haberse replanteado los planes, aquellos a los que les fue bien con “eso de emprender”.

De cualquier forma que se genere un plan para emprender, existen siempre aspectos que deben tomarse en cuenta para que la nueva experiencia además de representar retos, cumpla con la legalidad que todo proyecto nuevo debe tener. Y es que hay obligaciones que se generan de forma simultánea con la creación de nuevos negocios y cuyo cumplimento lleva implícito el iniciar proyectos en orden y como se dice popularmente “empezar por el principio”.

En tal sentido, algunos aspectos a tomar en cuenta son:

  • Definir si emprendemos solos o como grupo familiar, o con quien se comparten conocimientos, ya sea para producción, comercialización o servicios. Es importante, además, tener claridad sobre lo que se quiere hacer: cómo se va a hacer, cuál será el segmento de mercado al que se va a dirigir el negocio y con qué recursos se cuenta.
  • El nuevo proyecto podría hacerlo un emprendedor como persona natural o bien, si la decisión es hacerlo en compañía de otro u otros, se puede constituir una sociedad conformada por dos o más personas.
  • Bajo el primer escenario el emprendedor puede inscribirse ante la Dirección General de Ingresos (DGI) como persona natural, cumpliendo con los requisitos que esa Dirección solicita: ser mayor de edad, presentar cédula de identidad y demostrar su domicilio con algún recibo de servicios básicos que junto con el formulario de inscripción se presentan ante DGI.
  • En el segundo escenario se constituye en sociedad anónima que se formaliza ante un notario público y se inscribe en el Registro Mercantil del departamento en donde se establecerá la misma. Con la sociedad se deberá inscribir el Poder General de Administración a favor de la persona que ejercerá la representación legal; realizar la inscripción como comerciante; sellado de libros diario, mayor, actas y registro de acciones. De igual manera se registra la sociedad ante la Dirección General de Ingresos (DGI), en donde obtendrá su número de Registro Único de Contribuyente (RUC), Documento Único de Registro (DUR) y la inscripción en el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), y se obtiene su matrícula en la Alcaldía del departamento en donde tenga el domicilio la sociedad.
  • Otro aspecto importante a tomar en cuenta será la originalidad o distintividad del nombre y de la actividad a iniciar, que no esté basado el proyecto en la imitación, sino en una competencia leal que permita crecer y lograr el objetivo que se busca. La originalidad y distintividad del nombre están referidas directamente con las marcas y nombres comerciales. Así, quien está iniciando un proyecto no debe utilizar un nombre comercial, marca o logo que otro haya desarrollado previamente, ni siquiera por asociación, porque estaría incurriendo en prohibiciones en materia de propiedad intelectual.
  • Asimismo, las prácticas de competencia que realice el emprendedor deberán ser leales, evitando incurrir en publicidad engañosa que tenga como resultado crear confusión, error o riesgo de asociación con respecto a otros productos y/o servicios; así como evitar la imitación que implica el aprovechamiento fraudulento de la posición, esfuerzo y prestigio de otro competidor. Si el nombre y logo elegidos, calidad de productos y servicios, se destacan en el segmento de mercado al que se dirigen, consecuentemente se mantendrán presentes en el público, lo que garantizará fidelidad y lealtad de los consumidores, sin necesidad de copiar o imitar.

En definitiva, la idea de emprender, ya sea solo o acompañado, puede derivar sin duda en éxito, sobre todo si se hace de forma organizada y con disciplina. En ese sentido, será clave para reducir riesgos, en la medida de lo posible, el tener metas y expectativas reales y claras, además de enfocarse en un plan de negocios previamente trazado.

Ana Carolina Barquero
Asociada LatinAlliance Nicaragua