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NIIF No. 16: Ha llegado la hora de repensar su estrategia

A partir del 1 de enero de 2019 entró en vigencia la nueva Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) No. 16 “Arrendamientos”, que reemplaza la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) No. 17 del mismo nombre.

La NIIF No. 16 establece un nuevo modelo para identificar contratos de arrendamientos y su respectiva contabilización, haciendo énfasis en el concepto de “control del activo”, en lugar de “riesgos y recompensas” en el cual se basaba la anterior NIC No. 17.

Este cambio de conceptos altera totalmente la contabilización para los arrendatarios, porque a partir del 1 de enero de 2019 (bajo la NIC No.17) el financiamiento a través de los arrendamientos operativos, que se contabilizan “fuera del balance”, ya no será permitido, y se deberán registrar como arrendamientos financieros. Es decir que la totalidad de los arrendamientos, con algunas pocas excepciones, deberán ser incorporados en el estado de situación financiera como un activo de “derecho de uso” y su correspondiente obligación por pagar por cánones de arrendamiento por la totalidad del contrato de arrendamiento.

Cabe señalar que esta nueva norma se origina como resultado de muchas críticas al modelo actual, en que se tenían que clasificar los arrendamientos bajo dos opciones: como operativos o como financieros. En consecuencia, se contabilizaban de manera totalmente diferente y por ende podrían tener un impacto en la toma de decisiones de los usuarios de los estados financieros. Es a través de los años que esto se interpretó por parte de la comunidad como una falta de transparencia que no llenaba las expectativas y necesidades de los usuarios de los estados financieros.

Por esta razón, era práctica común de analistas financieros, acreedores e inversionistas el “ajustar” los estados financieros mediante la capitalización de los arrendamientos operativos y el reconocimiento de una obligación por los cánones por pagar futuros descontados a valor presente. De esta manera lograban, según su criterio, tener una mejor imagen de la posición financiera y particularmente acerca del nivel de endeudamiento de la entidad.

Sin  embargo, debido a que la información muchas veces es limitada, existía diversidad en la práctica de cómo efectuar el cálculo para ese “ajuste”, siendo los métodos más comunes aplicar un multiplicador al gasto anual de arrendamiento, estimar el valor presente de los pagos futuros, o bien estimar el plazo y multiplicarlo por el canon del arrendamiento. Por lo tanto, al haber diversidad en los métodos de estimaciones, eso conllevó a una falta de comparabilidad en entidades de la misma industria.

A nuestro juicio, el cambio que introduce la NIIF No. 16 a partir de 2019 de incorporar en el estado de situación financiera un activo por “derecho de uso” y un pasivo por las obligaciones de pago de arrendamiento, tendrá un impacto significativo, cuya magnitud dependerá de la cantidad, plazo y monto de los arrendamientos en las entidades.

La anterior afirmación se basa en el Estudio Global de Capitalización de Arrendamientos publicado por PwC en el año 2016, que estima que los pasivos en las entidades se incrementarán en 22%, siendo la industria minorista y de consumo la más afectada. Este incremento en los activos y pasivos conllevará a que las compañías de estas industrias revisen su modelo de negocios actual, en donde es usual encontrar arrendamientos de bodegas, tiendas, maquinarias y camiones de distribución, lo que resultaría, según este estudio, en un incremento del 98% de sus pasivos.

Si usted es un ejecutivo de una entidad con contratos de arrendamientos que son significativos en la operación de su negocio, estos son los 3 principales temas que debe considerar para estar listo ante este cambio:

1. Los acuerdos financieros (covenants) tendrán que ser nuevamente revisados.

La nueva norma requerirá contabilizar prácticamente todos los arrendamientos como financieros, es decir, se reconocerá un activo y un pasivo, lo que resultará en un mayor gasto en los primeros años y menor en los últimos, originado por el cargo de depreciación del activo por “derecho de uso” más el cargo financiero del pasivo por arrendamiento. Este efecto denominado en inglés frontloading, es decir, una carga mayor al inicio, difiere del modelo actual de la NIC No. 17 en donde el gasto por arrendamiento operativo se reconoce en resultados bajo el método de línea recta.

Por lo tanto, si usted tiene acuerdos financieros en que las entidades bancariasles han exigido el cumplimiento de ciertos indicadores mínimos, es importante considerar que ahora se reconocerá un gasto por depreciación y cargo por intereses en lugar de un gasto operativo, lo que tendrá un impacto directo en las ganancias antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización (Ebitda, por sus siglas en inglés), endeudamiento y rendimiento sobre activos, entre otros, y podría resultar en que la entidad incumpla con estos acuerdos financieros (convenants).

Asimismo, también sugerimos revisar sus contratos de financiamiento para identificar si cuentan con cláusulas de “congelamiento de principios contables” con las cuales las entidades se protegen de futuros cambios en las normas contables para fines de cálculos de los acuerdos financieros y así evitar sorpresas y negociaciones difíciles con las instituciones bancarias.

En este sentido, es fundamental que las compañías se anticipen y efectúen lo siguiente:

  • Hacer un inventario de contratos de arrendamiento
  • Hacer una proyección de sus efectos en el balance general y resultados
  • Recalcular los acuerdos financieros
  • Renegociar con las entidades bancarias nuevos acuerdos financieros, de ser aplicable.

2. Cambios en los indicadores y métricas de desempeño

Es común que las entidades tengan su estrategia e indicadores de desempeño clave alineados al sistema de compensación y bonificaciones de la gerencia. Debido a que este cambio resultará en reconocer un importe mayor o menor de gastos en los resultados, conllevará a que las fórmulas de compensación y bonificaciones a la gerencia con base en resultados sean revisadas.

De acuerdo con el Estudio Global de Capitalización de Arrendamientos efectuado por PwC, las entidades de la industria minorista y de consumo tendrán un incremento promedio en su Ebitda de 41%, lo que representa un porcentaje que podría catapultar cualquier remuneración basada en esta métrica. Asimismo, en varios países del área centroamericana y del Caribe, las autoridades fiscales permiten o exigen para fines del cálculo del impuesto sobre la renta anual, que la utilidad fiscal se determine de acuerdo a las NIIF. Por lo tanto, independientemente de que la decisión de la entidad sea renegociar contratos, o incluso mantener las mismas cláusulas, esto tendrá su efecto en el pago de impuesto sobre la renta. Es decir, que el análisis de esta nueva norma debe ir de la mano con un replanteamiento de la estrategia fiscal. Asimismo, también se tendrán que considerar los impuestos en acuerdos de precios de transferencia, impuestos indirectos y de ventas que se generen por los pagos de arrendamientos.

3. Cambios en la infraestructura de los sistemas de información, procesos y sus controles relacionados

En el mundo de negocios actual es común encontrar contratos de diferente naturaleza y que no son explícitamente identificados como “arrendamientos”, y por lo tanto, podrían no ser inicialmente considerados dentro del análisis de la gerencia. Esto conlleva a que en las entidades con un alto número de contratos de arrendamiento (camiones de distribución, maquinarias, bodegas, tiendas, entre otros) se tiene que contar con una infraestructura de sistemas de información que permita identificar, analizar y reportar esta información de manera automática y confiable.

Ahora bien, esta información muy probablemente no está en los sistemas, sino de manera manual, por lo que la opción de controlar estos datos en hojas de cálculo podría no ser seguro ni eficiente, además de consumir una cantidad de tiempo significativo, o bien resultar en errores que podrían afectar los estados financieros de la entidad y, por ende, su reputación, entre otras repercusiones. Asimismo, debe existir un proceso de validación de los datos y estandarización de términos, los cuales podrían ser diferentes de contrato en contrato. Por lo tanto, estos procesos no deben ser subestimados en vista de que no únicamente se tiene que disponer de la cantidad de contratos, sino también de los términos de estos, que en muchos casos podrían ser complejos. Por ejemplo, podrían existir contratos cuyos pagos variables estén basados en un índice, tales como inflación o bien la tasa de interés Libor, o bien sujetos a cambios en la duración estimada del arrendamiento.

Al existir esta complejidad en los contratos, se vuelve fundamental contar con información confiable y oportuna. Por lo tanto, la solución no es un cambio inmediato de su sistema de información, sino hacer una pausa y evaluar con su departamento de Tecnología de la Información si sus sistemas actuales, los cuales probablemente están configurados bajo la NIC No. 17 anterior, podrían ser modificados para almacenar y gestionar esta nueva información con los cambios y características que requiere la NIIF No. 16 para la generación de toda la información financiera y sus correspondientes revelaciones.

Un mensaje final: esta norma ha sido catalogada como una de las que tendrá mayor impacto en las entidades. Como miembro de la junta directiva y gerente general, debe actuar y reconocer que este es el momento de tomar estos cambios de manera positiva y repensar su estrategia.

También considerar si es más apropiado reducir los plazos de arrendamiento, o bien cambiar a acuerdos de servicios en lugar de arrendamiento. Sea cual sea la estrategia, es importante acelerar el proceso de renegociación de los términos para minimizar los impactos en la entidad.


Alvaro A. Artiles
Socio líder de auditoría
PwC Nicaragua